CONVOCATORIA ASAMBLEA DE U21 CASA DE BOLSA.-
ÚNICO: Proponer las acciones a que se refiere el articulo 264 en concordancia con el Artículo 280 del Código de Comercio.
La presente convocatoria se hace de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 82 de la Ley del Mercado de Capitales, conforme a lo acordado por la Comisión Nacional de Valores en su reunión de Junta Directiva del 08/04/2010 y tal como fuere decidido en la Asamblea celebrada el 28/04/2010.
Se advierte que de no comparecer la totalidad de los accionistas a la Asamblea, esta habrá de constituirse válidamente con el número de accionistas que se encuentren presentes en la misma y tomará decisiones con el voto favorable de al menos la mitad del capital social representado en dicha asamblea, para cuyos efectos el Interventor y de acuerdo a las atribuciones que le son dadas, asumirá la representación de quienes no asistan a dicha asamblea, así como del capital social de éstos, a los fines de la instalación de la misma, y para la deliberación y toma de decisiones en ella.
Caracas, 11/05/2010
Interventor de U21 Casa de Bolsa, C.A.
Resolución CNV N° 148-2009, de fecha 26/11/2009.
G.O. República Bolivariana de Venezuela N° 39.330
Fuente: GRF/
http://clientesu-21casadebolsa.blogspot.com/
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